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Tengo un puesto en via publica con cesion del terreno de la junta vecinal a mi nombre, pero me jubilo y quisiera arrendar el negocio puedo hacerlo desde la junta vecinal me dicen que no. De cara a hacienda seria un alquiler con iva y retencion
La utilización privativa de una vía pública requiere una autorización (concesión) administrativa, en el documento de esa concesión deberá constar las condiciones de la mismas y por lo tanto la posibilidad de arrendar del concesionario.
Desde luego si puede arrendar será con IVA y retención si el arrendatario es retenedor,
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