Si el contrato de arrendamiento es por temporada, tendrás que darte de alta en el IAE y hacer declaración trimestral, a no ser que te lo gestione una inmobiliaria, con lo que tendrás que declararlo junto con las correspondientes facturas entre tu y la inmobiliaria en tu declaración.
Si el contrato de arrendamiento es de vivienda habitual, no devenga IVA, y lo tienes que declarar en tu renta anual.
Te aconsejo que al menos el primer año, te haga la declaración un gestor, ya que el arrendamiento está sujeto a desgravaciones y seguro que el coste del gestor es más barato que el dinero que te puedes ahorrar.
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