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Tengo el piso alquilado a menores de 35 años. Mi agencia me comentó que por ser menores de 35 años no computaba como ingreso ¿Es cierto?¿que documentación debo entregar a Hacienda para justificar?
Aclaro el tema de la edad que parece que puede dar problemas:
la Ley de Presupuestos modificó la Ley del irpf en el sentido de que a partir del 01/01/2011, la edad maxima de los arrendatarios a los efectos de la reduccion del 100% pasaba de 35 a 30 años.
asimismo, dicha Ley añadio una nueva Disp. Trans. A la Ley del irpf en el sentido de que esa edad se amplia a los 35 años para aquellos contratos firmados con anterioridad al 01/01/2011
resumiendo, a partir de 2011 la edad a tener en cuenta son 30 años, salvo para contratos anteriores a 01/01/2011 que es de 35 años.
como estamos en campaña de renta, todas las declaraciones de este año tomaran la edad de 35 años, pero por la disp. Trans. , no por la letra de la ley vigente.
pedro Martínez
Abogado
A Hacienda no tienes que entregarle nada, es el arrendatario quien debe comunicarte por escrito antes del 31 de marzo que cumple los requisitos. el contenido de esa comunicación puedas verla en al art. 16 del reglamento del irpf .
juan Carlos, si hay mas de un inquilino reduces proporcionalmente la renta de los que cumplan los requisitos
pedro Martínez
Abogado
Se trata de la vivienda habitual. son menores de 30 años. que documentación les debo pedir para justificar sus ingresos?
gracias pholmo, le pasare el enlace a mi casero, pone hasta 35 años.
que sucede cuando son dos inquilinos en el contrato de alquiler por vivienda habitual, y uno es mayor de 35 y otro menor de 35? ambos con rentas superiores al IPREM
Hay otros aspectos: Debe tratarse de la vivienda habitual de esos menores de 30 años y deben tener unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores al IPREM.
No es que no compute como ingreso si no que existe una posibilida dde reducirlo.
Le conviene leer esto y desde luego no fiarse de esos "comentarios" de su agencia.