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Lola

inquilino/a

¿Me puede cobrar el mes entero?
Hola, voy a entrar en un piso de alquiler,en el cual tengo que dar de alta la luz, con lo cual no podré habitarlo hasta que se haya dado de alta luz. Mi pregunta es ¿puede cobrarme el mes entero aunque no vaya a estar en el piso por esta razón?
Muchas gracias.
  • Preguntado por: Lola
  • Hace 8 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Lola, le vendrá "divinamente" leer
    EL DECALOGO DEL INQUILINO
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Según se halle el estado de la instalación eléctrica del piso, pueden surgir gastos extras y demoras para que den el alta del suministro, Es mejor contratar el piso con la luz dada de alta o con la condición puesta en el contrato, de que se empezará a pagar la renta, cuando ya tenga el suministro eléctrico.. Si todos los gastos los tienes que pagar tu, asegúrate antes de firmar el contrato, consultando a un electricista con carnet de instalador, sobre lo que hay que hacer en el piso y pagar para que den el alta.
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Desde el momento en que usted firme, lo que se haya pactado en contrato.
    Exija unos días de carencia por ese motivo.
    Pero no tiene obligación de dárselos... ni usted de alquilarle el piso si no se los da.

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