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Pablo

inquilino/a

Fin contrato alquiler embargado por Hacienda y dueño acuciado por el banco
Estoy de alquiler en un piso cuya mensualidad ya pago desde hace meses a Hacienda por tener el dueño embargados créditos. Me finaliza el contrato de alquiler en febrero de 2017. Creo que el dueño también tiene problemas con bancos que supongo quieren saldar su deuda comprándole/embargándole el piso. Me gustaría seguir de alquiler en el piso. Mis dudas: 1. ¿Es posible hacer un nuevo contrato de larga duración y así evitar que el banco me pueda "echar" del piso?,¿de cuántos años se puede hacer? 2. Si no es posible hacer un nuevo contrato ¿tengo derecho de tanteo y retracto?,si es así ¿solo hasta febrero de 2017 cuando se me acaba el contrato? 3. Si tengo derecho de tanteo y retracto se puede hacer algo para obtener un precio justo del piso o depende del propietario y del banco
Muchísimas gracias por la atención 
  • Preguntado por: Pablo
  • Hace 8 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (8)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pablo

    inquilino/a

    Gracias PHOLMO. Los alquileres no los ha embargado el banco y si hacienda (deudas de IBI) pero tienes razón, debo averiguar la situación del piso, ¿en el registro de la propiedad me indicaran si el piso está embargado por el banco y de que banco se trata? Mucha gracias
    • Respondido por: Pablo
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pablo debería vd averiguar la situación real de su vivienda, a lo mejor puede llegar a un acuerdo con el banco. Los contratos de alquiler se registran si están otorgados en esxritura pública y el inquilino quiere proteger su derecho como tal, en su caso no lo veo factible, si su casero ha dejado que le embarguen los alquileres, es preferible que intente lo que le indico al inicio. 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
  • Pablo

    inquilino/a

    Muchas gracias por la respuesta.  Del contrato lo único reseñable del problema que se me avecina es su finalización en febrero de 2017. ¿Qué quieres decir con que se inscriba en el Registro de la Propiedad ANTES que las hipotecas? , ¿los contratos de alquiler se inscriben en el registro de la propiedad? , ¿a qué hipotecas te refieres?¿al posible embargo?Muchas gracias por la ayuda.  Saludos
    • Respondido por: Pablo
    • Hace 8 años
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Es necesario revisar el contrato para poder asesorarte.
    En cuanto a la "protección" si firmas un nuevo contrato, no tienes protección ninguna salvo que se inscriba en el Registro de la Propiedad ANTES que las hipotecas. Dado que los bancos no te van a aceptar una posposición de rango, en caso de ejecución hipotecaria deberías marcharte.
    Un saludo,
    www.desalvador.es
  • Pablo

    inquilino/a

    ¿Y se prorroga por 1 año? El problema de estar a la expectativa es que si me avisa 1 mes antes de finalizar el contrato me tengo que buscar corriendo otro alquiler.
    • Respondido por: Pablo
    • Hace 8 años
  • Nube

    inquilino/a

    Pablo, mientras no te notifiquen nada, el contrato se prorroga automáticamente. Da igual que en el contrato no lo ponga.
    • Respondido por: Nube
    • Hace 8 años
  • Pablo

    inquilino/a

    Pero en mi contrato dice que a la finalización del mismo he de entregar las llaves; e ningún sitio habla de prórroga
    • Respondido por: Pablo
    • Hace 8 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Si el arrendador no te notifica treinta días antes de la finalización del contrato que no desea continuarlo, el arrendamiento se irá prorrogando. Opino que has de permanece en una actitud pasiva y a la espera de acontecimientos futuros.
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