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Buenas tardes,
Compre hace dos años una vivienda con mi pareja en una comunidad autonoma y nos desgravamos ambos como vivienda habitual. Mientras tanto, trabajamos en otra comunidad y alli tenemos alquilada una casa desde mitad del año pasado. Ahora me gustaria desgravarme por el alquiler, ya que por motivos laborales estare varios años así y puedo pedir la ayuda de los 210 euros. ¿Tendre que devolver lo desgravado por el piso antes de vivir de alquiler?. Si dejo el alquiler dentro de unos años, podre seguir desgravandome por la propiedad adquirida como vivienda habitual? o como ha cambiado la legislacion ya no podre?. En la declaracion de la renta de este año tendre que desgravarme 6 meses por hipoteca de vivienda habitual y 6 mesas restantes por alquiler. Muchas gracias
Eso hacienda no lo puede saber mientras no dejes de estar empadronada, ya que si estás empadronada significa que estás viviendo allí. Por si el año que viene te planteas pedir la ayuda:
si sigues desgravando hipoteca te pueden devolver unos 1400 €, si pides la ayuda de 210 e recibirias unos 2500 € que puede parecer tentador, pero no te olvides que a la hora de hacer la declaración de la renta te pueden pedir que devuelvas la ayuda hasta su totalidad, ya que primero te lo dan pero luego te lo quitan.
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas. Tenia entendido que si tienes vivienda en propiedad, en algunos casos, como por ejemplo un porcentaje de una casa de herencia, podias pedir la ayuda del alquiler, pero veo que en mi caso no puesto que tendria que devolver lo desgravado en estos años, y no se sabe que pasara en el futuro, así que no compensa. Pagaré el alquiler pero sin pedir la ayuda. En este ultimo caso, como no pido ayudas por el alquiler ¿no podrian pedirme todo lo desgravado en mi casa ya que por motivos laborales solo puedo ir algun dia entre diario y los fines de semana? Gracias a todos por vuestras aportaciones, realmente esta pagina funciona muy bien y clarifican las cosas a los que tenemos dudas. Un saludo
Añadirte a lo que te han dicho que para optar a la ayuda del alquiler NO hay que tener otra vivienda en propiedad, con lo que ya ni te sale a cuenta ya que te la negarían
Conviene puntualizar los conceptos:
Solamente puede deducirse como vivienda habitual la que haya sido residencia efectiva del contribuyente durante el ejercicio que se pretende deducir. Es una circunstancia muy facilmente detectable por la AEAT
Si una vivienda habutual deja de serlo, salvo caso justificado, sin cumplir el plazo de tres años deberá devolver las deducciones practicadas con sus intereses y posible sanción si la AEAT lo detecta.
Para deducir por alquiler es preciso reunir los requsitos exigidos en cada momento.
Lo que va a ocurrir en el futuro es impredecible a la vista de lo sucedido con la deducción por vivienda habitual
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/ tengo tratados todos esos temas y estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Pero, si ahora cambio mi vivienda habitual al piso en alquiler ¿ no tendré que devolver todo lo que me desgravé durante dos años por el piso en propiedad de la otra comunidad?
Uyyyyyyyyy, qué difícil. En estos momentos no sabemos lo que ocurrirá este año con la declaración de la renta.
De todas maneras, para poder solicitar la ayuda tendrás que empadronarte en el lugar donde vives ahora, luego la otra dejará de ser tu vivienda habitual.
No tienes que devolver nada, puesto que no puedes declarar el alquiler de varios años. Mi consejo es que hagas números y veas que te puede convenir más, aunque creo que la desgravación hipotecaria, si la dejan tal cual está, te sale mejor.