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Es una casa antigua y grande, el propietario decida hacer contratos individuales, hace falta por algun motivo la famosa cedula de habitabilidad ? (No creo que exista provablemente, por los años que hace que esta construida la casa)
Hay que aplicar IVA a los contratos individuales ?
Como dato adicional de la casa, decir que tiene contratados los servicios basicos desde siempre son mas de 50 años, con luz, agua, gas,
Gracias y felicidades por el servicio que prestais.
Los expertos Llarena y Jan le han dado la clave, la cédula en principio no afecta a la validez del contrato de alquiler mientras no le resulte esencial al inquilino, cosa que no parece a la vista del normal desenvolvimiento del alquiler y la utilización de suministros de la vivienda.
En cuanto al IVA, el alquiler de vivienda no está gravado por dicho impuesto.
Como no sabia donde agregar esto pido disculpas por el procedimiento:
Querido Manuel Pedral,
Tu crees que con mas de 70 años que tiene la casa, debe haber cedula de habitabilidad por alguna parte ? Por que las instauraron bastante mas tarde. Y es que yo no la he visto nunca. No creo que al contratar la luz, el agua o el gas que fue el ultimo la hubieran pedido con una antiguedad asi. Por eso era mi pregunta. Sin haberla si era necesario para algo y si es el caso como conseguirla. Logicamente una casa tan antigua tendra cosas muy diferentes de las actuales.
Gracias nuevamente
Un saludo Manuel
Hola Josep:
Encontrará información detallada sobre los contratos de arrendamiento de habitación en el siguiente enlace:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-habitacion-en-piso/
reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Para la validez del contrato no es necesaria. Ahora bien si por ausencia de la cédula sus inquilinos no pudieran tener acceso a suministros o no pudieran empadronarse podrían exigirle a usted la resolución del contrato e indemnización de daños y perjuicios.
Hola,
Si su casa tiene contratados los suministros entonces es que la cédula de habitabilidad existe (otra cosa es que se haya extraviado el original).
respecto al iva, salvo que vaya a ser un hospedaje, no es de aplicación.
tiene en este enlace un modelo de contrato:
http://sites. Google. Com/site/papeleosalquiler/modelo-arrendamiento-habitacion
suerte.