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Nos casamos el año pasado en régimen de gananciales. Hasta entonces en la declaración incluía mi marido (pareja) el alquiler. Desde ahora debemos hacerlos los dos?
El alquiler para el inquilino en IRPF puede ser un gasto deducible, si se cumplen los requisitos exigidos, por lo tanto si lo pagais a medias y lo podeis demostrar podreis deduciros cada uno al 50%.
En mi blog http://www.pedrohernandezabogado.com/ puede encontrar más información sobre estos temas y si prefiere una atención personal y directa, con un pequeño gasto controlado por vd., puede hacerlo llamando al teléfono, 807 520 008 (Coste de la llamada: 1,18€ por minuto desde teléfono fijo y 1,53 € por minuto desde móvil).