Guillem el inquilino no tiene que presentar ningun documento respecto al IVA del alquiler, respecto al IRPF debe presentar el 115 trimestral y expedirle al casero un certificado anual de las retenciones ingresadas a su favor. El casero deberá incluir trimestralmente el IVA en los 330 y en el 390, recopilatorio anual Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono:
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