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Fernando Sainz Reyero

casero/a

Desgravación por obras
Tengo un piso alquilado en Madrid capital. Tras la correspondiente inspección (I.T.E.) ha sido necesarias algunas obras en los elementos comunes del edificio que hemos pagado los copropietarios según el coeficiente de participación. Pregunta: ¿Es posible desgravar ese gasto, la parte que he abonado yo, en la próxima renta?
  • Preguntado por: Fernando Sainz Reyero
  • Hace 7 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Los gastos de comunidad ordinarios y extraordinarios son deducibles al declarar los ingresos por alquileres en IRPF, salvo que los pague el inquilino. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
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