Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Cobro 1200 de paro y pago 800 de alquiler. Por qué no se puede desgrabar alguien me puede explicar ya que no tiene sentido
Juan Miguel, planteas una pregunta y expones unos hechos que creo que no tienen nada que ver...
Aun así te aclaro que ciertamente los 800 euros que percibe el propietario deberá declararlos éste en su IRPF, cosa que a ti ni te va ni te viene. En cuanto al hecho de que tu puedas desgravar, si cumples los requisitos claro que podrás hacerlo en tu IRPF, pero no confundamos desgravar, es decir, restar de la base que esta sujeta a gravamen, con devolver, ya que lo que la AEAT devuelve es la diferencia entre lo que tienes que pagar segun tu base imponible y lo que previamente has pagado via pagos a cuenta, pagos fraccionados y retenciones.
Pedro Martinez
Abogado
Con perdon. Y a ti q te importa donde declara otra persona sus ingresos.
no te afecta en nada, ni te impide nada
Es que el alquiler no desgraba, sencillamente te devuelven parte de la retención aplicada, pero si estás de paro poca retención te hacen.
El casero declara los ingresos al hacer la declaración de la renta, por eso nunca se sabe si los etsá declarando. Como mucho el dinero sería en negro, pero nunca oscuro.