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Tengo un piso en alquiler en Madrid, y por mi base imponible tengo derecho a la deducción pora alquiler de vivienda habitual. Además este año, he comenzado a ahorrar para la compra de un piso, y abrí una vuenta vivienda con un ingreso a fin de año. ¿Puedo desgravarme los dos conceptos? Muchas gracias
Si puede, lo único a tener en cuenta es de orden practico la cuenta vivienda obliga a comprar en cuatro años, fecha a fecha o a devolver las deduciones con intereses, cuatro años pasan como un rayo.
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