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Voy a alquilar una vivienda y no voy a pedir fianza ya que es un conocido y debido a su situación económica no puede depositar la misma. Puedo hacerlo?. Como estoy obligado a reflejarlo en el contrato?
Gracias
Añadir que la falta de ingreso de la mensualidad en el organismo competente puede dar lugar a una sanción económica.
Hola Maria:
Hay que distinguir dos situaciones distintas:
1º) Renuncia como arrendador a su derecho a percibir una fianza. Es perfectamente válido que el contrato se refleja la citada renucia.
2º) La obligación que tiene el arrendador de depositar la fianza en el organismo correspondiente. En caso de que usted no deposite la fianza se arriesga a ser sancionada por el organismo que corresponda.
Reciba un cordial saludo
sólo es obligatorio un mes de fianza.
Piensa que esa fianza es la que te cubre en caso de que rompa cosas en el piso.
No. Según la LAU, la fianza es obligatoria.
Y hay que ingresarla en la cuenta del organismo competente en vivienda de cada Comunidad Autónoma (Salvo en Navarra)
Saludos - Papeleos Alquiler.