Coincido con la respuesta de mi compañero PHOLMO.
En todo caso, deberían contactar de inmediato con un abogado para que les asesore. Deberían estar pagando las rentas en la cuenta de la sociedad en sede del concurso de acreedores, por lo que es imprescindible que se asesoren cuanto antes, ya que un incumplimiento por su parte puede implicar perder el alquiler y el derecho de opción de compra.
Un saludo,
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