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Javier Valero

casero/a

alquiler de piso por habitaciones individuales
el año pasado mi padre nos cedió el usufructo a través de notario de un piso de su propiedad para que lo gestionáramos,  mi hermana y yo, ya que no percibimos prestación alguna y estamos parados, nosotros nos encargamos del pago de todos los servicios del piso IBI, agua,luz,gas,administrador patio e Internet desearíamos saber si los ingresos que obtenemos de dicho alquiler una vez pagados todos los gastos que son de 2000? para cada hermano osea 4000? al año para los dos, estamos obligados a declararlos a hacienda. Y si tenemos la obligación de proporcionarle a un inquilino que tenemos temporalmente por 6 meses la referencia catastral de piso pues hasta ahora ningún inquilino nos lo había pedido. esperando respuesta por su parte 
  • Preguntado por: Javier Valero
  • Hace 7 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    No sé como han hecho el cálculo de los ingresos netos, pero lo que cuenta para determinar la obligación de declarar son los ingresos brutos, por lo tanto es facil que deban declarar por esos alquileres. El inquilino tiene derecho a que se le facilite la referencia catastral, que por otra parte puede obtenerla facilmente y ello significa que lo va a declarar fiscalmente. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
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