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Carmelo

casero/a

Alquilar piso en herencia
Hola! Quiero alquilar el piso que mi madre nos dejó a mi hermano y a mi. Sucede que la relación con mi hermano no es muy buena y de los pagos del piso (agua,luz, ibi, basura, escalera) me encargó yo. El se desentendió. Quisiera saber si al alquilarlo de manera legal, y el no declara que una propiedad suya está siendo alquilada, hacienda podría llamarle la atención a él. 
  • Preguntado por: Carmelo
  • Hace 8 años
  • Categoría: Alquiler y Hacienda
Respuestas (8)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Oscar Aparisi ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Por alusiones, contesto.
    La intención al responder que el consultante no puede arrendar sin el consentimiento de su hermano es que, al leer la pregunta, parece que el consultante está preocupado de las consecuencias que puede tener para su hermano el hecho de que se alquile su propiedad y él no la declare (quizás precisamente, por desconocer la existencia de dicho arrendamiento).
    Saludos,
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Hola Jan .- Si bien has contestado y manifestando coincidir con tu colega, no creo que Pelayo, haya pretendido, responder al consultante lo que preguntaba, ya que dicha respuesta, tal parece querer ilustrar de una forma indirecta y hábil, al autor de otra respuesta en este mismo hilo y, si no ha sido esa su intención, así lo parece, lo cual es de agradecer, ya que " los caseros que participamos en este foro " y que, también aportamos nuestro granito de arena, como en el presente caso, aprendemos gracias a los letrados que como vosotros, nos corrigen e instruyen, entre otras muchas cuestiones legales, sobre la mejor manera de hacer un  contrato de arrendamiento y en especial, cuando el inmueble que se cede en arrendamiento, pertenece a más de un propietario. 
    Afectuosos saludos.
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Piscis:

    Entre querer hacer un contrato "legalmente" ( mucha gente entiende que para ello basta con que lo redacte un abogado o un gestor) y hacerlo conforme a la legalidad vigente hay una enorme diferencia y, en mi opinión, esa es la razón por la que Pelayo ha asesorado, y yo mostrado mi coincidencia con dicho asesoramiento, a la consultante.

    reciba un cordial saludo.



         http://letradosalquileres.es.tl 
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Sres Letrados, el consultante no pregunta como hacer el contrato, ya dice que lo hará legalmente, pero, de todas formas, creo que agradecerá el asesoramiento de como hacerlo correctamente y sin posibles consecuencias, supongo que dichas respuestas, no van dirigidas precisamente al consultante, ya que él, lo que consulta, es sobre  si Hacienda puede llamar la atención a su hermano, por no declarar la parte que le corresponde por el arrendamiento de la vivienda.
  • Jan Abogado

    profesional

    Hoola Carmelo:

    Coincido con la respuesta de mi compañero Pelayo.

    reciba un cordial saludo.



         http://letradosalquileres.es.tl 
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenas tardes, 
    Con un 50% de la propiedad no podría alquilar Ud. solo o, mejor dicho, si alquila Ud. solo su hermano puede oponerse y exigir la terminación de dicho contrato, por lo que tendrían que indemnizar al arrendatario por los daños y perjuicios causados.
    ARTÍCULO  398 Para la administración y mejor disfrute de la cosa común serán obligatorios los acuerdos de la mayoría de los partícipes. No habrá mayoría sino cuando el acuerdo esté tomado por los partícipes que representen la mayor cantidad de los intereses que constituyan el objeto de la comunidad. Si no resultare mayoría, o el acuerdo de ésta fuere gravemente perjudicial a los interesados en la cosa común, el Juez proveerá, a instancia de parte, lo que corresponda, incluso nombrar un Administrador. Cuando parte de la cosa perteneciere privadamente a un partícipe o a algunos de ellos, y otra fuere común, sólo a ésta será aplicable la disposición anterior.
    Un saludo,
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Usted puede alquilarlo, ya que la vivienda también es de su propiedad.
    Eso sí, deberá ingresarle a su hermano el 50% de la renta, y ambos, tendrán que declarar dicho arrendamiento a HACIENDA
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    No es que Hacienda le llame la atención, es que le levantará un acta por no declarar el 50% de las rentas percibidas por dicho arrendamiento y aprovechará para revisar su situación fiscal..
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