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Nuestro contrato dice que las averías derivadas del uso de la vivienda corren a cargo del inquilino...
La revisión anual en sí, no es una avería.
Lo que sucede es que llevar a cabo esa revisión beneficiará a ambas partes. Al inquilino porque se evitará pequeñas averías ( Según el art.. 21-4 de la LAU las pequeñas averías corren de cuenta del inquillino) y al propietario porque alargará la vida útil de la caldera.
Así que no estaría mal una solución salomónica.
Saludos - Papeleos Alquiler