Isabel, si tiene vd factura correcta de ese pago, en concepto de intermediación en el alquiler que va a declarar, su importe puede considerarse deducible como gasto necesario para la obtención de ese alquiler declarado.
Si el alquiler está sujeto a IVA, el IVA de la factura será deducible como soportado para vd., si no está sujato a IVA será mayor gasto deducible.
Para ampliar más o aclarar esta información puede hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá mi atención directa e inmediata (1,21 eur./min. Desde fijo; 1,57 eur ./min. desde móvil)
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