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c.gloria

inquilino/a

¿Se pueden descontar las mensualidades de la fianza?
Tengo alquilado un local comercial a final de marzo voy a cesar mi actividad comercial en dicho local, ya he avisado a la inmobiliaria hace un mes, debo los meses de febrero y marzo, mi pregunta es ... si esas dos mensualidades se pueden descontar de la fianza que di a la firma del contrato, ya que ellos me han comentado que debo de liquidar dichas mensualidades y la devolución de la fianza ya me avisarán para devolvérmela, siendo que tengo otras experiencias de la no devolución de la fianza, aún estando todo correcto ,esta vez quiero saber si puedo pedir que se me descuenten las dos mensualidades de la fianza.

un saludo Gloria
  • Preguntado por: c.gloria
  • Hace 15 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (1)
xavier ha sido el primero en contestar
  • xavier

    casero/a

    En realidad la fianza esta destinada a pagar los suministros y desperfectos que deje el inquilino al abandonar la vivienda, aunque la realidad es que se utiliza para pagar los meses que se deben, en tu caso creo que pagas los meses que debes con la fianza y caso cerrado, pero siempre mira lo que hay por escrito en el contrato de arrendamiento.
    • Respondido por: xavier
    • Hace 15 años
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