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Larisa

inquilino/a

Qué pasó en realidad?
En junio de 2013 firmé un contrato de alquiler con el propietario inteviniendo una agencia inmobiliaria. Era por un año aunque yo quería prorrogable lo máximo posible por el hijo que está escolarizado. Me dijeron que es automático. Contraté la luz a ni nombre, pero no me empadroné en este piso.
Pasaron casi 3 años y me entero de que había que prorrogar el contrato por escrito y no lo hicimos. Y que el que me había arrendado el piso no es su propietario. Me puse en contacto con la agencia que no me contestó nada por escrito, pidiendo que les llamara por teléfono. No lo hice. Prefiero desde ahora recibir tofo por escrito.
Pasado casi un mes el arrendatario me contesta que vale, firma una prorroga de este año y me la manda escaneada por el e-mail. Además  me dice que la propietaria es su hermana pero no la puede mencionar en el contrato de alquiler porque hasta el otoño no viene a España. Le pido el original firmado de la prorroga y no le ingreso la última mensualidad hasta que la recibo.
Pero me quedo en el limbo legal: no puedo empadronarme con el contrato firmado por una persona que no indica en calidad de quien alquila el piso, no puedo contratar el bono social para la electricidad por no estar allí empadronada, total, veo mis derechos mermados.
Qué faena me han hecho estos señores y cómo actúo para no quedarme en la calle de un día para mañana. 
Es legal lo que ha hecho la agencia? 
Gracias!

  • Preguntado por: Larisa
  • Hace 8 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (4)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pelayo de Salvador

    Pelayo de Salvador

    profesional

    Buenos días,
    Las agencias inmobiliarias no siempre realizan cuestiones de revisión jurídica, motivo por el cual para alquilar es aconsejable contar con un abogado.
    Su caso tiene dos posibles soluciones:
    1) Que la propietaria del piso firme un poder en favor de su hermano o;
    2) Que ratifique el contrato firmado (bastaría un documento anexo al contrato) firmado por la propietaria (aunque esté fuera de España podrá enviar y recibir cartas, digo yo).
    Cualquiera de las dos opciones, además, puede acompañarse, para tranquilidad de los Sres. del padrón municipal, de un anexo (firmado por la propietaria o por el hermano debidamente apoderado) en el que se ratifique la vigencia del mismo a día de hoy. No es necesario prorrogar ni ampliar nada, simplemente que el legítimo titular reconozca que está vigente.
    Un saludo,
    www.deSalvador.es
    Especialistas en Derecho Inmobiliario
  • Larisa

    inquilino/a

    Muchas gracias! Lo de bo dejar de pagar lo he entendido. Pero pir mi buena fe no me empadronan es este piso los de ayuntamiento. Y de ello depende el colegio y el centro de salud de mi hijo.. Los funcionarios municipales me mandan a corregir el contrato y a prorrogarlo. Y ahora sale que me lo firno no propietario. Cómo lo arreglo? Y qué responsabilidad d todo elli recae en la agencia que ha hecho las gestiones de hace casi 3 años! Por cierto, no me contestan nada durante un mes ya. Siendo una extranjera no tengo ningún otro domicilio aquí. Y tiene que councidir el padron con la dirección en la tarjeta de residencia.  
    • Respondido por: Larisa
    • Hace 8 años
  • Larisa

    inquilino/a

    Muchas gracias! Lo de no dejar de pagar lo entendido, pero de no poder empadronarme con ese contrato firmado po no propietario sigo con mi problema sin solucionar. Del padron depende el colegio de mi hijo y el centro de salud que nos corresponde, matizo. Además, nunca podré demostrar a las autoridades y administraciones que realmente vivo allí y con quién. No me aceptan el contrato y su prorroga firmados por no propietario tal como está, lo he intentado. Y muy poco les importa mi buena fe.
    • Respondido por: Larisa
    • Hace 8 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Larisa conviene poner las cosas en su sitio, un contrato de arrendamiento de vivienda se prorroga automáticamente hasta cumplir el plazo señalado en la ley, sin necesidad de firmar nada, es mas, en su caso si el contrato se firmó antes del 6/6/2013 ese plazo es de CINCO años, si no, seria de tres. En este momento poco importa quien firmara ese contrato porque Vd. ha pagado los alquileres y usado pacíficamente esa vivienda durante casi tres años con lo cual tendría a su favor la presunción de buena fe. Lo que no debe hacer nunca es dejar de pagar el alquiler. Para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  directa e inmediata (1,21eur./min. Desde fijo; 1,57eur./min. Desde móvil)  http://www.pedrohernandezabogado.com/ 

     
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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