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Hace más de un año, alquilé una vivienda y me pidieron un aval bancario de un año, que ya pagué y tiene vigencia hasta que me vaya del piso. Me he enterado que sólo son de 5 meses el aval. ¿Puedo pedir a la agencia, cambiarlo por uno de 5 como dice la ley?
¿Qué ley exactamente es la que dice eso de los 5 meses de aval? Porque leo y releo la Ley de Arrendamientos Urbanos y no encuentro nada al respecto.
Lo único que la LAU dice en su artículo 36.5 es que el arrendador podrá solicitar cualquier tipo de garantía adicional, por lo que si el aval que le solicitaron fué por un año, ése debe ser su importe.