Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Ana Castells

inquilino/a

alquiler
tengo un contrato de 3 años desde  febrero del 2015 que me dice :sin perjuicio del derecho de la arrendataria a la prorroga del mismo conforme a lo dispuesto en el articulo 9 y 10 de la ley
Al amparo del articulo 121-3 del codigo civll de Catalunya,ambas partes covienen expresamente la prolongacion a cinco años del plazo de prescripcion para  jercitar l pretensiones en reclamacion de pago del importe de los alquileres concettados y derivados del presente contrato
-Todo este royo significa que puede quedarme 5 años ??? desde este mes de Junio tengo en mi casa a mi hija y su bebe y seria un mal momento tener que irnos Podeis porfavor informarme ??? Gracias


  • Preguntado por: Ana Castells
  • Hace 7 años
  • Categoría: Agencias y alquiler
Respuestas (1)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola, Parece que el contrato está mal redactado. Tiene derecha a estar hasta febrero de 2018, y a partir de entonces, se prorrogará en periodos anuales si el arrendador no le avisa con 30 dias de antelación al cumpelaños del contrato de su intención de recuperar la vivienda o bien de que la desaloje.
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas