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¿Puede el arrendador tirar a la basura las cosas personales del inquilino (incluidos documentos) que se quedaron en el piso tras el desahucio habiendo quedado con el arrendatario para recogerlas más tarde?
En primer lugar, señalar que el arrendatario y el inquilino son la misma persona, por lo que supongo que debe referirse al arrendador.
En segundo lugar, todos los bienes que no hayan sido retirados de la vivienda antes del momento del lanzamiento, se entienden abandonados a todos los efectos, pudiendo el arrendador disponer de ellos como mejor le convenga (conservándolos, vendiendolos o tirándolos a la basura).