Paco si en el contrato no se dice otra cosa, responden solidariamente del pago del alquiler, eso quiere decir que el que se queda debe pagar la totalidad del mismo, y el que se marcha no queda desvinculado si no ha cumplido los seis meses que exige la ley, salvo que vd le firme el finiquito.
Dicho esto y a la vista de los antecedentes, hay recibos pendientes de pago, el mejor consejo es que se libre vd de esos inquilinos con el menor coste posible.
Pedro Hernández Olmo, abogado