Blanca es evidente que su herman no tiene claro el concepto de copropiedad, efectivamente es tan dueño como vd., pero del 50% del inmueble, del que vd es propietaria del otro 50%, que son realidades distintas aunque no se puedan reoartir fisicamente, por lo tanto puesto que el está utilizando el 100% de la casa, debe pagar por el 50% que no es suyo.
El problema entre vds estriba en que si no se ponen de acuerdo en la cuantía que debe pagar, deberán acudir al Juzgado, salvo que pacten someter ese litigio a la decisión de un arbitro o mediador para llegar a una solución transaccional por aquello de "Más vale un mal arreglo que un buen pleito" o la maldición gitana: "Pleitos tengas y los ganes". Transaccional viene de transigir, es decir ceder cada parte un poco. Debería leer esto:
La mediación, una alternativa a las tasas judiciales. Pedro Hernández del Olmo, abogado Pulse aquí para consultarme directamente por teléfono