¿Se puede reclamar una indemnización cuándo están haciendo obras en el edificio?
Somos inquilinos en un piso cuyo edificio ha sido comprado por una empresa. Nos ofrecieron dejar la vivienda a cambio de una indemnización (MUY POR DEBAJO DE LO QUE DEBERIA al avisarnos sólo con 2 meses de antelación) pero la hemos declinado y hemos decidido continuar viviendo hasta fin de contrato (si es posible). Sin embargo, estamos padeciendo las obras de conservación en fachada y en los pisos vacíos de manera continuada lo que nos está provocando molestias y malestar en nuestra salud al trabajar en nuestro domicilio. Mi duda es si por ley deberíamos recibir una indemnización por tener que soportar el ruido y las molestias que provocan las obras ya que es insoportable trabajar y vivir en estas condiciones.
Coincido con Amparo, tenía la opción de irse con la indemnización que les ofreciera y decidieron quedarse, así que les toca soportar las obras hasta que finalicen.
Si su contrato NO es de renta antigua, y deduzco que no lo es porque hablan de su deseo de "continuar viviendo hasta fin de contrato" les hicieron una oferta para que abandonaran la vivienda con dos meses de antelación y no la aceptaron..
Si es tal y como dice, una obra de conservación, la ley lo contempla así:
http://normativainmobiliaria.wikidot.com/lau-habitabilidad-de-la-vivienda Artículo 26. Habitabilidad de la vivienda Cuando la ejecución en la vivienda arrendada de obras de conservación ...... la hagan inhabitable, tendrá el arrendatario la opción de suspender el contrato o de desistir del mismo, sin indemnización alguna. La suspensión del contrato supondrá, hasta la finalización de las obras, la paralización del plazo del contrato y la suspensión de la obligación de pago de la renta.
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