Irene me permito matizar que s¡eso que vd llama "notificación oficial" debería haberse practicado treinta días antes de que se cumpliera la anualidad en curso, ahora es posible que su inquilino invoque que ya se ha prorrogado otro año ese alquiler, si, como dice, faltan días pra que se cumplan los cuatro años.
Pedro Hernández Olmo, abogado