javier hay un asunto previo, ¿Ha renunciado el inquilino a su derecho de adqusición preferente? Si no es así, debería ofrecerle el tanteo, para evitar problemas posteriores.
En cuanto al aval, habría que examinar ese documento de aval, tenga en cuenta que los bancos no suelen 'pillarse los dedos' si en ese aval se identifica un beneficiario del mismo, por lo menos tendrían que comunicar al banco que ha cambiado ese beneficiario, por subrogación en la posición de arrendador, es evidente que esa comunicación deberá ser fehaciente; la mejor solución sería que el banco reconozca, por escrito claro, como beneficiario del aval al comprador del local.
Mi consejo es que acudan al banco para ello.
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