Hola!la situación, es que me han alquilado un piso que carece de célula de habitabilidad ya que es un bajo comercial reformado. En el contrato no lo menciona (simplemente indica 'entresuelo') , pero el caso es que las facturas son más altas debido a este mismo punto, entre otros inconvenientes El alquiler es para 3 años y mi pregunta es ¿Podría irme del piso sin tener que pagar una cuota pendiente por cada año hasta los tres como se me indica en el contrato haciéndolo nulo?o no habría motivo para ello?
Un entresuelo, no es un bajo, y puede ser perfectamente una vivienda, la cédula de habitabilidad depende de la comunidad autónoma en que se halle el inmueble. A mi entender, el contrato es válido y tienes que permanecer en el piso seis meses, a partir de ahí podrás desistir del contrato, pero pagando la indemnización legal a tenor de lo indicado en el contrato.
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