Andrea me voy a centrar en lo que le interesa, si ya han entrado en la cuarta anualidad el casero debe respetar entera esa anualidad, por otra parte para "echarlos" ha de acudir al Juzgado y demostrar que ha preavisado de modo fehaciente y con treinta días de antelación.
Lo que no dbe hacer es dejar de pagar el alquiler ni utilizar la fianza para ello.
Pedro Hernández Olmo, abogado El retraso desleal en el ejercicio del derecho