Imma, el artículo 10 no permite al propietario eso que pretende, como dice PHOLMO.
El 10 dice otra cosa. Es el arrendatario el que puede hacerlo, y el arrendatario es el inquilino, no el propietario. Ningún artículo de la LAU autoriza al propietario a romper un contrato en vigor para vender el piso.
Ninguno. Usted puede decirle tranquilamente al propietario que si quiere el piso, que se espere al final del contrato.