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Sara

inquilino/a

Me descuentan de la fianza por algo que estaba en malas condicionesº
Hola, en el mes de Junio de 2015 alquilamos un piso, a la hora de hacer el contrató se habló de que el piso tenia muchos desperfectos a causa del anterior inquilino, por lo que se añadió una clausula en que la propietaria se encargaba de arreglar todos los desperfectos que se le informaran durante los 15 primeros días. 
Así lo hicimos pero hoy, 7 meses después muchos de los desperfectos siguen sin arreglar, me han informado de que no paga el seguro de la comunidad, por lo que no me arreglan una cañería estropeada que afecta a mi patio interior. Uno de los desperfectos que se le informaron fue que la puerta del lavabo (de cristal) no cerraba y habia que hacer fuerza al cerrarla, pero que al ser de cristal basicamente no se cerraba, y hace 2 semanas la puerta al cerrarla ya que habían invitados se rompió, y al informarle dijo que se lo diria al seguro y que si se lo cubria bien sino ya se hablaria para pagar a mitad o encontrar una solución.  
A todo esto me ha dicho que le gustaría vender el piso, que disponemos del año del contrato pero que el piso tiene muchos desperfectos y quiere venderlo, así que de mutuo acuerdo decidimos que en el plazo de un mes abandonaríamos el piso, ya que no estaba en condiciones de seguir viviendo. A partir de ese momento, la dueña (ya conocedora del problema de la puerta) me dice que el seguro le cubre la puerta pero que me lo descontará igualmente de la fianza.
Mi pregunta es: Si existe una clausula en la que pone que tenia que arreglar los desperfectos, y lo ha incumplido, a consecuencia que uno de los desperfectos a acabado por romper el elemento (el cual le cubre el seguro), puede estar en su derecho de descontar lo que quiera de la fianza por lo que ella crea que le costaría la puerta (que no tiene que pagar, porque la arregla el seguro)??
  • Preguntado por: Sara
  • Hace 9 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (2)
Nahum ha sido el primero en contestar
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola, Firmaste el contrato de fin de arrendamiento? Siempre que se abandona una vivienda es inexcusable firmar el documento de fin de arrendamiento, en este contrato se reflejará todas las incidencias o desperfectos. El arrendador dispone de 30 dias desde la firma de este contrato para devolver al arrendatario la fianza, y solo podrá descontar de esta los suministros consumidos por el arrendatario y lo reflejado en el contrato de fin de arrendamiento. si no los devuelve pasado este tiempo acuda a los juzgados. Si no firmó nada, el arrendador aceptó el estado de la vivienda, por lo tanto, le tiene que devolver el total menos los suministros.
  • Nahum

    profesional

    Hola, en primera si la puerta se la cubre el seguro, unicamente ella paga el deducible del cristal , que es aprox de 5% al 10% del valor, por otro lado si en el contrato de arrendamiento tiene especificado que se repararía el piso por parte del propietario, el reclamo de la fianza no procede, ademas tarda tiempo no creo que quiera meter un reclamo por 10 mil pesos , algo que le tardara mas de 6 meses en una resolución definitiva, lo mejor es que llegues a un acuerdo con el propietario, también en ultima instancia puedes llegar a la agresividad legal, si no tienes recibos y el propietario  no reporta su actividad de arrendamiento, puedes hacer una denuncia, también puedes levantar una acta por incumplimiento de contrato, ya que el dueño no arreglo el piso, y de esa forma te proejes ante la aplicación de la fianza 
    • Respondido por: Nahum
    • Hace 9 años
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