María tal como describe la situación considero que en este momento ese contrato está prorrogado una anualidad más siendo responsable del pago el marido, auqnue no viva en ese piso, si aparece como inquilino en el contrato prorrogado. En todo caso deberá tener en cuenta lo que señala el
Artículo 12. Desistimiento y vencimiento en caso de matrimonio o convivencia del arrendatario de la ley de arrendamientos urbanos