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Pedro

casero/a

Indemnización???
Buenas tardes.
Como arrendador de un local de negocio, actualmente arrendado hasta 2020 con contrato de cinco años, me dispongo a vender la propiedad.  De modo verbal el arrendatario no muestra interés en la compra, por lo que una vez que tenga comprador, notificaré por burofax al arrendatario la venta. Dicho comprador, podrá prorrogar el contrato o extinguirlo para emprender su acción comercial. Yo como vendedor, aparte de notificar dicha venta, que acciones o pagos me competen con el actual arrendatario?
Muchas gracias.
  • Preguntado por: Pedro
  • Hace 8 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Pedro para enfocar correctamente el tema debería ofrecer formalmente la venta al inquilino para que ejerza su derecho de tanteo en treinta dias, si no lo ejerce la única obligación por su parte es vender en las mismas condiciones que le ofreció a su inquilino, si vende en condiciones más favorables, éste podrá ejercer el derecho de retracto. Por lo demás Vd no tiene ninguna otra obligación legal hacia su inquilino
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 8 años
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