Hola! vivo en un piso de alquiler desde 2014. Recientemente he sabido que está embargado por el banco, porque ni mi casero ni su ex han pagado durante mucho tiempo. Ellos han solicitado dación en pago, que está en estudio. Mi contrato vence en octubre. Mi pregunta es: ¿podría pedir una prórroga de contrato de alquiler al banco (que también es mi banco)?
Buenas tardes, El hecho que el Banco tenga el piso embargado no significa que sea el propietario, debe ver si se lo han adjudicado a un proceso de ejecucion hihipotecariahipotecaria. Respecto el contrato, las prorrogas forzosas ya han expirado, por lo que el propietario sea el banco como no, con un mes de antelacion a la fecha de finalizacion puede dar por rescindido el mismo. Le recomendaria que negociara con ellos, tanto por un alquiler como una compra. https://www.picon-advocats.com
Todo eso tendría que hablarlo con el banco, legalmente todo lo que ha comentado es posible, tanto que el banco decida dar por terminado el arrendamiento como que acepte que usted negocie la compra o incluso una prórroga del alquiler. En cualquier caso, que el banco acepte negociar es ya a discreción del mismo.
Muchas gracias por su respuesta, Víctor. Sí, eso lo tengo claro. Que el banco como nuevo propietario puede no querer renovarme el contrato. De hecho, que sea lo más probable, dado que a ellos lo que más les interesa es quitárselo de encima cuanto antes. Lo que me pregunto es si cabe la posibilidad de que decidan hacerlo. Estoy en una situación en la que aún no sé si necesitaría el piso apenas 6 meses más (si me dan destino fuera de aqui), o que me interesara incluso comprarlo (si me quedo aqui). Y eso, si por ser cliente de la entidad, podrían tener alguna 'disposición'.
El propietario actual no puede cambiar las condiciones del arrendamiento, lo que incluye su duración, mientras esté vigente. Si su contrato no está inscrito en el Registro de la Propiedad, el nuevo propietario (el banco en este caso) sí podría extinguir el contrato. De todos modos a estas alturas, si usted firmó por tres años o menos, el contrato tiene la duración más que agotada y cualquiera de los propietarios podría limitarse a no renovar la tácita reconducción.
Política de cookies
Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y para mostrarte publicidad personalizada en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas).
Clica aquí para más información.
Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón 'Aceptar' o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón 'Configurar'.
Hemos detectado que tu idioma es el Español. ¿Deseas ver Enalquiler en este idioma? Ir a Enalquiler en EspañolWe have detected that your language is English. Do you wish see Enalquiler in this language? See Enalquiler in EnglishAbbiamo constatato che la tua lingua è l'Italiano. Vuoi vedere Enalquiler in questa lingua? Vai a Enalquiler in ItalianoWir haben bemerkt, dass Ihre Sprache Deutsch ist. Wollen Sie Enalquiler in dieser Sprache zu sehen? Besuchen Sie Enalquiler auf DeutschNous avons détecté que votre langue est le Français. Est-ce que vous voulez afficher Enalquiler dans cette langue? Afficher Enalquiler en FrançaisDetectamos que seu idioma é o Português. Quer ver Enalquiler nesta língua? Ir para Enalquiler em Português