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algaida

casero/a

Fin de contrato
Hola,llevo de alquiler seis años,lo firme el 15 de mar de 2012,con un máximo de cinco años,pero en marzo ya hizo 6 años. A Está mañana me ha llamado mi casera diciéndome que mi contrato ha caducado,pero hace ya más de un año,hasta hoy no me había dicho nada,ella quiere reunirse conmigo para ver qué hacemos, seguramente me lo quiere subir el alquiler. Pero por lo q he leído cuando se termina un contrato,la casera te tiene q avisar con un mes de antelación,y no ha sido el caso. Por favor que alguien me pueda orientar para yo saber qué tengo q decir. También he leído que si ninguna de las partes se ponen en con para avisar un mes con antelación que termina el con,este automaticaautomaticamente se renueva por tres años. Ayuda por favor a solventar mis dudas y muchisimas gracias
  • Preguntado por: algaida
  • Hace 6 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (2)
nacho ha sido el primero en contestar
Jan Abogado ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola algaida:
    Le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    https://letradosalquileres.es.tl/Duracion-del-contrato-de-arrendamiento-de-vivienda.htm

    Reciba un cordial saludo. https://letradosalquileres.es.tl
  • nacho

    nacho

    casero/a

    una vez cumplido los 5 años y no haber habido ninguna notificación por ninguna de las partes de rescindir el contrato, tu contrato se ha renovado por 3 años mas.


    Artículo 10. Prórroga del contrato.

    Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquél, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con un mes de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales hasta un máximo de tres años más, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador con un mes de antelación a la fecha de terminación de cualquiera de las anualidades, su voluntad de no renovar el contrato. Al contrato prorrogado, le seguirá siendo de aplicación el régimen legal y convencional al que estuviera sometido.



    • Respondido por: nacho
    • Hace 6 años
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