Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

Marlene Made Valdez

inquilino/a

Fin de contrato o renovar
Buenas tardes;  El 1 de agosto de 2016 alquilé una vivienda. A día 22 de julio de 2019, recibimos un mensaje de audio por Whatsapp del hijo de la propietaria, avisando que el 31 de julio finaliza el contrato, según la duración máxima de 3 años que estipula el contrato. Y que necesita la vivienda para poder ocuparla él. Él nos da la opción de abandonar la vivienda antes del 31 de julio de 2019 o quedar y renovarlo por otro de 3 meses de duración, hasta el 31 de octubre de 2019.  Mis preguntas son: ¿es legal o no?, ¿como se procede en estos casos?, en caso de no disponer de los medios económicos para mudarnos inmediatamente, ¿que puedo hacer?  Muchas gracias de antemano y a la espera de vuestras respuestas. 
  • Preguntado por: Marlene Made Valdez
  • Hace 5 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (3)
nacho ha sido el primero en contestar
nacho ha sido elegida Mejor Respuesta
  • nacho

    nacho

    casero/a

    Monica, no me queda muy clara su respuesta, dice que el propietario podría recuperar aún su vivienda por necesidad si avisa con 2 meses de antelación? yo creo que el arrendador tendría que esperar a la finalizacion de la prorroga de un año y avisar con al menos 2 meses de antelación a la finalizacion de la anualidad, aunque con 30 días seria suficiente,ya que se han cumplido los 3 años.
    El arrendador no ha cumplido ni con los 30 días,ni con los dos meses,el contrato se ha prorrogado por un año mas
    • Respondido por: nacho
    • Hace 5 años
  • Mònica

    Mònica

    inquilino/a

    Buenas tardes,  En su caso hay dos cosas distintas.  Respecto a la finalización del contrato, no se ha cumplido el plazo de preaviso de 30 días, por lo que el contrato de alquiler se habría prorrogado por un año más. La otra cuestión, está en el hecho que dice que el hijo del propietario les ha dicho que necesita la vivienda para ir a vivir él. La Ley sí que prevé la posibilidad del propietario de resolver el contrato por razón de necesidad propia, cónyuge o hijo. No obstante, se deben dar unos requisitos, y le deben de avisar almenos con 2 meses de antelación y dicha comunicación debe hacerla el propietario de la vivienda y arrendador. Le dejo un artículo donde explicamos el tema de la resolución del contrato por necesidad del arrendador, donde podrá ver los requisitos y los plazos que se deben cumplir tanto por el inquilino como para el propietario y los derechos que puede tener.

    https://www.picon-advocats.com/recuperar-la-vivienda-por-necesidad/ No dude en contactar con nosotros si tiene alguna duda. Saludos.
    • Respondido por: Mònica
    • Hace 5 años
  • nacho

    nacho

    casero/a

    Su casero tendría que haberla  avisado con al menos 30 días de antelación a la finalizacion de los tres años su intención de la no renovación del contrato, por lo tanto su contrato se ha prorrogado por un año mas.

    Artículo 10. Prórroga del contrato. Si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo tres años de duración de aquel, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con treinta días de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante un año más.



    • Respondido por: nacho
    • Hace 5 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas