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Nacho

inquilino/a

Fin contrato
Hola. Primero agradecer la ayuda que ofrecen a todos los lectores de este foro. Mi consulta es la siguiente, en septiembre se cumple el tercer año de mi contrato de arrendamiento, la semana pasada me llego un correo de un despacho de abogados o algo así que me venia a decir que como representante legal de la propietaria de mi piso me comunicaba que no se iba a proceder a la prorroga del contrato dando por finalizado el mismo. Yo le contesté al correo diciendo que no me constaba nada al respecto por parte de la propietaria y ya no he tenido respuesta. Tengo que hacer caso al correo o hacer como que no se me ha comunicado puesto que no es mi arrendadora quien lo hace? Muchas gracias
  • Preguntado por: Nacho
  • Hace 7 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (17)
Nacho ha sido el primero en contestar
  • Nacho

    inquilino/a

    Gracias de nuevo PHOLMO. Aunque desearía continuar con el alquiler porque el piso es de mi agrado, dada las circunstancias desconfío totalmente de la arrendadora y de sus practicas por lo que será mejor buscarme algo "más limpio" Le he enviado  un burofax, tal como me recomienda, emplazando para la entrega de llaves. A ver con que me sale.....
    • Respondido por: Nacho
    • Hace 7 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Nacho parece que su casera pretende "nadar y guardar la ropa" , ante lo cual no es fácil recomendarle lo que debe hacer, si pretende prolongar el alquiler, ya que si pretende terminarlo ya le he puesto de manifiesto mi criterio.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Nacho

    inquilino/a

    Buenas tardes de nuevo. Reabro este hilo para aportar nueva información y ver nuevas sugerencias al respecto. Como dice le envié a mi casera un burofax en los términos que comenté. Hoy he recibido una llamada telefónica de la misma en la que ni acabara ni desmiente nada. Se ha limitado a decirme que si decido dejar el piso es cosa mía y si decido quedarme también. Así en esta situación que puedo hacer yo??
    • Respondido por: Nacho
    • Hace 7 años
  • Nacho

    inquilino/a

    Muchas gracias de nuevo Pholmo. Voy a enviar a mi casera un burofax pidiéndole que me confirme que esa es su voluntad e indicándole que de no obtener respuesta y confirmación lo tomaré como que que se ha realizado ese comunicado sin su autorización y no daré validez al mismo.
    • Respondido por: Nacho
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Para general conocimiento de usuarios de éste foro y en especial de la administración del mismo, me adhiero al comentario efectuado por PHOLMO referente a no poder leer y repasar las preguntas mientras se las está contestando, lo cual nos obliga a tener que memorizarla para responderla, con el consiguiente perjuicio para el consultante si se nos olvida alguna parte de la misma. Me parece que ya ha llovido bastante desde que tiempo atrás se solicitó A LA ADMINISTRACIÓN DEL FORO la corrección de determinadas anomalías que los usuarios más asiduos veníamos observando, tales como, entre otras, no especificar la profesión u oficio del que aparece como profesional, no advertir  a los consultantes de otros lugares fuera de España que el foro atiende sobre temas de arrendamientos en nuestro país, etc. A mi modesto entender, cualquier tiempo pasado en éste foro, funcionaba mejor. Sería de agradecer que las diversas sugerencias que ha venido recibiendo "LA ADMINISTRACIÓN DEL FORO" desde que implantó la primera reforma hace años, no cayeran en saco roto, en beneficio de todos..
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    El sistema de no poder leer la pregunta mientras se contesta me ha hecho olvidar su consulta. Si Vd tiene pensado marcharse mi consejo es que le comunique de modo fehaciente a su casera, que ha decidido atender el requerimiento y que efectuará la entrega de llaves el día X a la hora Z en la vivienda alquilada. 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Como ha señalado Amparo, no es lo mismo decirle a "cualquier amigo que escriba al inquilino" que encargarle a un abogado las actuaciones oportunas para dar por terminado un contrato; en el caso que describe el problema a mi juicio es que se ha hecho el requerimiento de un modo poco apropiado, pero se ha hecho y Vd lo ha recibido, tiene la opción de esperar a ver si un juez lo considera inválido. Como suele decirse Vd mismo.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Nacho

    inquilino/a

    Gracias Pholmo, entiendo a lo que te refieres pero me parece una panacea poder actuar así. De esta forma cualquier arrendador puede pedirle a un amigo que comunique el fin de arrendamiento a su inquilino, y llegado el momento puede decidir si ratifica dicho mandato o si se arrepiente pues decir que no sabe nada de eso y tan contento. Si mi arrendador llegado el momento dice que él no sabe nada de ese comunicado y yo ya he alquilado otro inmueble y contratado una mudanza a quien le pido explicaciones?
    • Respondido por: Nacho
    • Hace 7 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Nacho es que no se trata de una cuestión de fe, si la propiedad ratifica ese mandato verbal ante el juez, es fácil que la sentencia sea de desahucio.
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Nacho

    inquilino/a

    Muchísimas gracias a todos por vuestro interés. Una cuestión más al hilo de las nuevas respuestas.... Si el despacho tiene poderes notariales evidentemente pueden acreditar llegado el momento esa autorización, pero si actúan como mandatarios verbales, no tengo yo según la ley potestad para "creerme o no" ese mandato y requerir que me lo acrediten y en caso contrario no darlo como bueno hasta que lo hagan? Muchas gracias
    • Respondido por: Nacho
    • Hace 7 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Por alusiones. Amplio mi anterior respuesta. El consultante ha contestado a ese correo con lo cual quien lo envió tiene acreditada la recepción. Si llegado el momento de cumplimiento del plazo decide no marcharse y le ponen un desahucio, invocará que no fue requerido por la propiedad, pero puede encontrarse con que el requirente tenía poder de la casera, incluso como mandatario verbal, y lo que no puede negar es que recibió ese requerimiento. La solución de Amparo me parece muy buena, sobre todo si no piensa marcharse el día que le han indicado 
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Yo le entiendo, pero no es lo mismo que "alguien" le diga que representa a...   A que se lo diga un despacho de abogados, por ejemplo.
    Yo le pondría un mail al arrendador - o una llamada de teléfono grabada -  diciendo.. este despacho de abogados se ha puesto en contacto conmigo diciendo que actúan en tu nombre y eso es nuevo para mi... ¿Me lo confirmas por favor?

    No obstante, a ver si Pholmo responde a su última duda.
  • Nacho

    inquilino/a

    De hecho releyendo algunas de las respuestas que se han dado por este mismo foro, hay algunas en las que se dice que por ejemplo para que el hijo del arrendador comunique la finalización del contrato necesita un poder notarial del mismo
    • Respondido por: Nacho
    • Hace 7 años
  • Nacho

    inquilino/a

    Muchas gracias por sus respuestas. El caso es que no entiendo muy bien, por qué he de dar validez a un comunicado de alguien que no conozco ni me acredita que habla en nombre de quien dice que habla. Efectivamente el correo lo he recibido pero tendré alguna potestad para darle la credibilidad que yo crea. Imagínense que le doy credibilidad, me mudo y luego el arrendador me dice que le siga pagando porque el no ha dicho nada.....
    • Respondido por: Nacho
    • Hace 7 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    nacho Es posible que "diera vd en el blanco" y por eso no le han  contestado, pero sin duda esa contestación, como señala Piscis, le perjudica, ya que acredita la recepción por su parte del correo notificador. La dificultad estriba en recomendar lo que debe hacer ahora. Si decide vd que la notificación no es correcta -todavía están el plazo de subsanarla- y no se marcha de la vivienda al término del plazo, se expone a un desahucio por ese motivo, con una defensa no fácil para vd. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
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