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Eli

inquilino/a

Empadronamiento VPO
Hola! He visto un piso de protección oficial dónde piden estar empadronado en esa localidad. Yo actualmente no vivo en esa zona pero sí quisiera optar a ese piso. He leído lo siguiente:  15 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, establece que "toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. En este sentido, teniendo en cuenta que usted tiene la obligación de destinar la vivienda protegida a residencia habitual y permanente en el plazo de 6 meses contados desde la fecha de su Calificación Definitiva, la obligación de empadronarse en el municipio que le corresponda, surgirá cuando entre a vivir en su vivienda." Según entiendo, tengo 6 meses para empadronarme por lo que no tendrían por que negarme dicho piso, correcto? En el momento en que me lo adjudiquen puedo empadronarme en el municipio, no?

Muchas gracias por la ayuda!!!
  • Preguntado por: Eli
  • Hace 7 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Eli dice vd "me exigen" pero no dice quien, puduiera ser que quien adjudica esos pisos quiera establecer como requisito de los adjudicatarios que sean vecino de esa localidad, por eso hay que saber si puede o no establecer ese requisito.
    Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
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