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lorena

casero/a

debo pagar un mes x daños
hice un contrato por 2 años los cuales voy cumpliendo 7 meses y no se si tengo que pagar un mes al irme porque dice esto en el contrato pero no entiendo mucho 
QUINTA: INCUMPLIMIENTO: En cualquiera de los casos de incumplimiento de EL LOCATARIO, sin perjuicio de las penalidades que se establecen en las demás cláusulas, EL LOCADOR podrá pedir el cumplimiento de este contrato o resolverlo por culpa de EL LOCATARIO y solicitar el inmediato desalojo. En ambos casos y para el evento de que EL LOCATARIO dejare abandonada la locación o depositare judicialmente las llaves deberá abonar al LOCADOR una multa igual al alquiler pactado desde la iniciación del juicio hasta el día en que el LOCADOR tome la libre y efectiva posesión de la propiedad y/o la indemnización por daños y perjuicios sufridos.  
  • Preguntado por: lorena
  • Hace 8 años
  • Categoría: Todas
Respuestas (1)
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