Buenos días,
No, no tiene obligación de abandonar el piso, puesto que la facultad que tiene el arrendador para terminar el contrato es únicamente para evitar la aplicación de la prórroga, para lo cual tendría que haberle avisado con dos meses de antelación respecto de la fecha correspondiente (esto es, tendría que habérselo comunicado el 1 de agosto para que Ud. abandonara el 1 de octubre).
Aquí tiene más información.
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/duracion-terminacion-vivienda-ii/ Un saludo,
www.desalvador.es