Hola Arwen:
1) Si la duración inicialmente pactada fue 3 años coincido con la respuesta del Sr nacho. 1) Si la duración pactada fue 1 año prorrogable hasta 3, la situación es distinta, si bien su arrendador deberá probar que necesita la vivienda para sí o para las personas relacionadas en el art 9.3 LAU 1994así como acreditar que ocupa la vivienda según el citado precepto.
Reciba un cordial saludo.
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