Buenas tardes,
En cuanto a su caso, es muy difícil poder darle una solución satisfactoria, desde una doble perspectiva:
- Desde un punto de vista civil, aunque únicamente pueda acceder Ud. a su azotea, seguramente la configuración jurídica del inmueble hace que la azotea sea un elemento común, motivo por el cual no tiene derecho a realizar sobre la misma ningún tipo de actuación sin autorización de la comunidad. En el mismo sentido, la edificabilidad necesaria para construirlo, sería también un elemento común.
- Por otro lado, desde un punto de vista urbanístico, habría que analizar si es posible, conforme a las ordenanzas municipales correspondientes, construir esa superficie adicional, que supone no solo un consumo de edificabilidad, sino también aumento de la volumetría y construcción de una planta adicional.
Un saludo,
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