Se coge el IPC del mes que estuviera publicado a la firma del contrato. Por ejemplo si se firma el 1 de enero, se usa el IPC de noviembre, puesto que el de diciembre se publica sobre el 14 de enero.
Con respecto al resto, tienen razón los dos. Usted ha de pagar los consumos individuales, y su casero ha de tener unos radiadores que usted pueda regular.
Lo malo de esto es que si no se ponen de acuerdo y lo solucionan amistosamente van a acabar en el juzgado.
- Si su casero no soluciona por las buenas el tema de los radiadores (salvo que sea una reparación de 100 o 200 euros) usted tendrá que obligarle demandándole.
- Si usted no paga el consumo individualizado, su casero le demandará por impago.
Y al final... mal rollo y gastos de abogados. Mejor solucionen las cosas amigablemente.
Saludos
Papeleos Alquiler