Si, se pueden comprar y alquilar, pero el ayuntamiento te los puede precintar si alguien denuncia la infracción consistente en el uso indebido.
Ello implica: - Precinto. - Sanción económica. - Demolición de las obras (en caso de que haya obras que lo asemejen a vivienda sin poder serlo -cocina y baño-).
Además, ten en cuenta que Cataluña es precisamente, una de las CCAA que exige que se aporte la cédula de habitabilidad tanto en compra como en arrendamiento.
Mi consejo profesional es que NO compres ese tipo de inmuebles o que, en caso de hacerlo, lo hagas con pleno conocimiento de causa (con asesoramiento jurídico).
Un saludo,
www.desalvador.es