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Mi casera este año ha calculado el IPC según la Valoración del Índice Nacional de Rubricaslo que supone un incremento de un 2,6% de alquiler, sin embargo el año pasado utilizo el Índice general. Si este año hubiese utilizado elIndice como el año pasado tendria que bajarme el alquiler. Puedo exigir que use la misma valoración? en el contrato no se hace referencia a qué valoración se debe utilizar, muchas gracias
Muy avispado tu casero: la Rubrica 33 choca frontalmente con la lau, y la Lau es muy explícita en este sentido: se actualiza aplicando el IPC, durante los 5 primeros años. Ahora sí, habría una excepción que hubieras cumplido 5 años, y entraras ahora en el sexto..
Tu casera tiene un morro impresionante. No lo dirá tu contrato, pero.... LA LEY SÍ LO DICE... Y es obligatorio usar el IPCGN.
Te dejo un enlace al artículo en cuestión: http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/lau.htm#Artículo_18
Como verás, la propia LEY dice que tú misma puedes comunicar a la otra parte que en función al IPCGN de tal mes, que es -xx% la nueva renta que le voy a pagar a partir del mes que viene va a ser..xxx.
Eso sí, debes asegurarte de usar el MES de referencia correcto.
Saludos - Papeleos Alquiler