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Berrocal

inquilino/a

¿Qué valoración del IPC hay que aplicar a un alquiler?

Ayer hice esta consulta pero hoy leyendo más el contrato en profundidad he visto que hay una cláusula donde se especifica que la valoracion que se aplicará será la rúbrica sobre alquileres. Pero según la LAU se hade aplicar el Indice General los cinco primeros años de contrato, este es mi segundo año, qué debo hacer? gracias

"Mi casera este año ha calculado el IPC según la Valoración del Índice Nacional de Rubricaslo que supone un incremento de un 2,6% de alquiler, sin embargo el año pasado utilizo el Índice general. Si este año hubiese utilizado el Indice como el año pasado tendria que bajarme el alquiler. Puedo exigir que use la misma valoración? en el contrato no se hace referencia a qué valoración se debe utilizar"

  • Preguntado por: Berrocal
  • Hace 14 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (4)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Berrocal

    inquilino/a

    Primero gracias a los tres por contestar y por la rapidez, sobre todo a Amparo, y segundo, Ramón  simplemente he puesto mi consulta anterior entrecomillada porque no quería que pareciese que preguntaba otra vez lo mismo.

    • Respondido por: Berrocal
    • Hace 14 años
  • Ramon Ruiz

    casero/a

    Berrocal,

    Con independencia de que ya te han contestado, sería bueno que tú te aclarases y no liases a quienes lean tu consulta.

    Empiezas diciendo que "...leyendo el contrato en profundidad he visto que hay una cláusula donde se especifica que la valoracion que se aplicará será la rúbrica..." Y, al final, dices "en el contrato no se hace referencia a qué valoración se debe utilizar"

    ¿Cuándo debemos creerte, la 1ª ó la 2ª vez?

    Ramón Ruiz.

  • ForoVivienda

    profesional

    Durante los 5 primeros años, sólo se puede revisar conforme al IPC General, con independencia de lo que indique el contrato, ya que cualquier estipulación que contradiga la norma expuesta ha de ser considerada nula y tenida por no puesta.

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Prevalece la LAU.

    Durante los primeros cinco años sólo puede aplicarse el IPCGN.

    Tú misma puedes comunicarlo, y aplicarlo a partir del siguiente mes.

    Me remito a lo que te dije ayer en este post:

    http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/subida-alquiler/fime-contrato-1-octubre-2007-casera-aplicarme-ipc-periodo-sep-2008-sep-2009_15087.html

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

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