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Blanquita

inquilino/a

Subida del ipc

Buenos días,

una pregunta sobre las subidas del alquiler en concepto de ipc. Mi contrato es anual, es decir, se prorroga automáticamente cada mes de marzo. En marzo de 2012 llevaré dos años de inquilina. La subida de marzo de 2011 fue del 3%, y la de este año no sé cuánto será, pero empecé en marzo 2010 pagando 550 &Euro; y en 2 años ya voy a estar pagando casi 600€.

sé que la subida anual del ipc es lo legal y lo normal, pero he estado leyendo el artículo 18 de la Ley 29/1994, de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos y no me queda claro si, aunque sea lo establecido legalmente, el propietario está obligado a comunicarmelo antes.

gracias y saludos

  • Preguntado por: Blanquita
  • Hace 12 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (12)
Mari Lolis ha sido el primero en contestar
Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola blanquita:

    le sugiero la lectura del siguiente enlace:

    http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm

    Reciba un cordial saludo

    Despacho Armando García Fernández.

    Email:: armandogarcia@ical.es

    http://letradosalquileres.es.tl

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Al. Crazyh. Usted y yo sabemos que era de una chalailla y encima se arrepintió.

    y yo he mencionado "entre gente normal".

    muacks :)

  • Blanquita

    inquilino/a

    Exacto, es un recibo y no una transferencia.

    bueno, creo que antes de nada negociaré que no me suban el ipc. Y luego ya se verá.

    gracias y saludos!

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    "Yo jamás he puesto uno.

    ni los he recibido. "

    sra. Amparillo, usted y yo sabemos que eso no es cierto :)

    has recibido uno xd

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Supongo que no haces transferencia sino que te giran un recibo.

    en tal caso si, basta una anotación en el recibo para actualizar la renta.

    por otra parte, decirte, que las comunicaciones entre "gente normal" son más fáciles que un telegrama o un burofax.

    yo jamás he puesto uno.

    ni los he recibido.

     

    saludos - Papeleos Alquiler.

  • Blanquita

    inquilino/a

    Gracias Amparo.

    Entonces si no entiendo mal, en el recibo del mes de febrero debería venirme una nota informándome.

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Puedes reclamar el pago de los atrasos, pero para eso me da a mí que tendrías que acudir a un juzgado, con lo que te saldrá más caro. Eso era oponerse en el momento.

    Una vez aceptado el cobro y no habiendo puesto oposición, se sobreentiende que se te ha avisado, con lo que tampoco podrás alegar que no se te ha notificado.

    Lo que sí puedes hacer este año es hablar con el propietario y pedir que no te aplique el ipc. También puedes esperar a que te lo pase por el banco y, si no te lo ha comunicado de ninguna forma (no hace falta que sea fehaciente aqui), oponerte al pago de la diferencia.

    Tampoco entiendo como te lo han "cobrado directamente". Quién da la orden al banco para hacer la transferencia eres tú, y tú deberías ser quién de la orden de pagar "más" o "menos" de lo que has dado la orden.

    Un saludo

    Ayuda a cambiar el mundo!

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No. No es denuciable porque no es un delito.

    Simplemente tu obligación de pagarlo empieza a partir del mes siguiente al que te lo comuniquen.

     

    Artículo 18. Actualización de la renta

    ...

    3. La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicado y acompañando, si el arrendatario lo exigiera, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al "Boletín Oficial" en que se haya publicado.

    Será válida la notificación efectuada por nota en el recibo de la mensualidad del pago precedente.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler.

  • Blanquita

    inquilino/a

    Gracias Oscar y Mari Lolis.

    el año pasado no sólo no me lo comunicaron, sino que en mayo me lo cobraron directamente, y junto con los atrasos de abril y marzo.

    entiendo que han hecho 2 cosas mal: 1) no comunicármelo 2) cobrarme con efectos retroactivos.

    entonces, si me lo vuleven a hacer, es esto "denunciable"?

    muchas gracias por sus respuestas.

     

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    ehhhhh claro que no debe de obligar al casero que se lo comunique, pero tampoco debe de decirle nada de la subida... el interesado en la subida es el casero y es quien debe de preocuparse... el inquilino sólo se ha de preocupar de que lo que le comunican es correcto y que no le cobran con caracter retroactivo.

    Cuando yo no tenía ni idea de alquileres y era novata, pagué con caracter retroactivo la subida... hay que estar siempre al loro.

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Hola,

    Basta con comunicarlo con un telegrama, o sea que no vale la pena obligar al casero que se lo comunique.

    no obstante el ipc del 2010 efectivamente fue el 3% eso le supone sobre 550 euros, 16. 5 euros, o sea que debería estar pagando 566. 5 euros, y este año seguramente estará entre el 2. 9 y el 3. 1% o sea otro tanto.

    saludos

    oscar 

  • Mari Lolis

    Mari Lolis

    inquilino/a

    Te debe comunicar por escrito y con un mes de antelación la subida correspondiente.

    Se aplica a partir del momento de la recepción del escrito y desde luego nunca se aplica con caracter retroactivo.

    Te debe escribir en marzo y se aplicará a partir de abril y será el IPC de febrero.

    Aquí la página para que tu mismo veas de cuanto ha de ser la subida.

    http://www.ine.es/calcula/index.do?L=0

    En estos tiempos y si eres un buen inquilino, puedes sentarte a negociar que no te suba nada. Todo es negociable.

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