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May

casero/a

Es legal q si el propiet. se olvido el año pasado aplicar ipc, ahora incremente base y me suba ipc?
Tengo un local alquilado, yo soy la inquilina, y resulta que el año pasado, las dueñas del local, se olvidaron subirme el ipc que correspondia (4,2%), me lo suelen subir en marzo. Este año me han enviado una carta en la que me dicen el descuido que tuvieron el año pasado, y que esto no tiene efectos retroactivos, pero por contra, me aplican a la base el 4,2, y al resultado le aplican el 1,4% de ipc de este año. Por lo que en este año, me estan cobrando lo del año pasado y lo de este.

Entonces qué es lo que quiere decir efectos retroactivos, yo entiendo que es que no se puede aplicar, es decir que si no lo aplicas cuando toca, pues que lo pierdes, o estoy equivocada?

En fin espero que haya quedado claro el caso, por lo que necesito saber si es legal que, me actualicen la base con el ipc del año pasado, y posteriormente apliquen el correspondiente a este año, o por el contrario lo correcto sería, que a la base del año pasado se le aplique directamente el ipc de este año.
  • Preguntado por: May
  • Hace 15 años
  • Categoría: Subida alquiler
Respuestas (1)
Antonio Postigo ha sido el primero en contestar
  • Antonio Postigo

    profesional

    Lo que le indican en la carta es que no le cobrarán esa parte de la renta, de los meses que debiera haber subido.

    La forma correcta de aplicar la subida de la renta, desde el mes en el que se lo comunican a usted, es aplicando los índices que publica el INE. Le facilito la página donde usted misma podrá hacer el cálculo correspondiente:

    http://www.ine.es/calcula/calcula.do

    Al cumplimentar el mes y año inicial, debe poner el que corresponda a la última actualización efectivamente realizada, y no la que olvidaron.

    Los caseros han dejado de cobrar el aumento desde que olvidaron actualizar, pero ahora la renta será del importe que corresponda sin que cuente el olvido sufrido.

    Un saludo.
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