Buenas tardes,
En función de la fecha de firma del contrato, tendrá una duración obligatoria para el arrendador de 3 o de 5 años. Durante ese período, no se puede aumentar la renta ni es necesario firmar ningún otro documento.
Encontrará más información aquí:
http://blog.desalvador.es/arrendamientos/duracion-terminacion-anticipada-vivienda/ http://blog.desalvador.es/arrendamientos/duracion-terminacion-vivienda-ii/ Un saludo,
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